Acabo de recibir el artículo, de un amigo especialista en ginecología y obstetricia, Esteban Rodríguez Martín: “El nacimiento de un Down y una condena” (1). En su nota dice: “Os envío éste artículo sobre la cooperación a la eugenesia en nuestro país, en el que médicos, jueces, abogados, políticos y padres, nos quieren hacer pagar a todos cada vez que un niño con Sd Down se escapa del cribado y nace. Veréis la hipocresía del derecho de los padres a la "información" y de la obligación de los sanitarios de informar”. Y añade: “Obligar al médico a informar- sin calibrar las consecuencias de la información- es un medio de coacción para facilitar la destrucción de discapacitados en sintonía con la propaganda de Joshep Goebbels. Una realidad oculta de lo que significa el diagnóstico prenatal en países con leyes que discriminan el derecho a vivir de las personas por razones de edad o de salud y que obligan a delatarlos y destruirlos en el ámbito de la sanidad pública pagada por todos”.
Por su interés intento resumirlo y compartir. Hace unos años nació un niño con síndrome de Dwon. Denunciaron a la Seguridad Social. Ahora “un juez condena al Servicio Andaluz de Salud” (SAS) a pagar 60.000 euros a los padres. El juez se apoya en que la Real Academia de Medicina de Andalucía dictamina un "insuficiente" control de embarazo que privó a los padres del "derecho a decidir interrumpir la gestación”. (SAS es la Seguridad Social española que Andalucía gestiona en su territorio).
El niño vive, porque no fue diagnosticado por la prueba el cribado."No se practicó el cribado bioquímico ni del primer ni del segundo trimestre" y por consiguiente "no se realizaron técnicas invasivas". Ahora bien, ¿es obligatorio este exhaustivo control del embarazo? Los expertos piensan que “tales pruebas carecen de beneficio para el niño en gestación siendo su única utilidad la de poder eliminar al hijo antes de nacer, en ningún caso es posible la curación del síndrome por muy pronto que se haga el diagnóstico. La mayoría de los niños que nacen hoy en nuestro país con el Sd. de Down lo hacen porque no fueron diagnosticados prenatalmente, mientras que cuando se realiza el diagnóstico son destruidos en más del 90% de los casos. Menos del 10% de estos niños son acogidos serenamente por su padres tras el diagnostico”.
Hasta ahora el Código Deontológico vigente desde 1999 establecía que "el médico no deberá emprender o continuar acciones diagnósticas o terapéuticas sin esperanza, inútiles u obstinadas" (art.27.2) y que, por tanto, tratar de diagnosticar antes de nacer una enfermedad incurable y perfectamente compatible con una vida digna sometiendo inútilmente al niño en desarrollo a riesgos desproporcionados es una forma de encarnizamiento diagnóstico contrario a la ética médica, ya que también se establecía en el mencionado código que "el ser humano embriofetal enfermo debía ser tratado bajo las mismas directrices éticas que cualquier otro paciente"(art 24.1).
Algo se puede concluir de este hecho. 1) No hacer el diagnóstico de Sd de Down en el embarazo salva vidas. 2) El Sd de Down es perfectamente compatible con una vida digna y feliz. Un Magistrado de gran prestigio, Joaquín Brage, en su artículo “Desaparición silenciosa de los Down” así lo corrobora. 3) El altísimo porcentaje de muertes por diagnóstico médico, justifican la objeción de conciencia médica. 4) Abortar aun hijo, por ser Down, es una perversión.
El Estado, más que procurar y facilitar la eliminación de un hijo Down, debería emplear más medios y más expertos para ayudar económicamente y psicológicamente a los padres. No es, pues, descabellado calificar la sentencia de inicua dentro un entramado ideológico discutible. “Con estas sentencias inicuas, con estas peritaciones ideológicamente escoradas, ayunas de ética médica y con abogados defensores con las manos atadas, condicionados por sus jefes políticos, no sólo se devalúa la deontología médica sino que se hace responsable al Estado, y con ello a todos los españoles, del nacimiento de personas a las que la propia naturaleza les determina alguna discapacidad, estimándose que estarían mejor muertas que vivas”.
El colmo de la sentencia es obligar a pagar a los padres 60.000 euros “por el trámite de una indemnización, consecuencia de una condena por no habérseles facilitado la destrucción del hijo antes de nacer, no sólo es una egoísta hipocresía por parte de los padres que demandan, sino la manifestación de la crisis moral que devasta a todos los estamentos de la sociedad española incluidos jueces, abogados, médicos y administración sanitaria”. Se equivoca el sectarismo obsesionado con la eugenesia y la eutanasia. La vida es un derecho inalienable. El primero de los Derechos Humanos.
(1) VER http: //www.religionenlibertad.com/articulo.asp?idarticulo=20074
PUBLICADO EN: EL HERALDO DEL HENARES, La iniquidad y la vida [16-01-12 18:55] ;NUEVA ALCARRIA, 18-01-2012;
Gracias Jose Manuel, teneis razón, en este terrible holocausto tienen mucha responsabilidad todos lo que ostentan el poder.
ResponderEliminarPero solo hay un único Juez Justo y verdadero, y con Él tendrán que enfrentarse cara a cara algún dia.
Conozo otros casos parecidos, debe de ser que olvidan los Convenios Internacionales que le conceden derechos al Niño en gestación incluso cuando tienen discapacidad. La Ley se puede interpretar de muchas maneras y no siempre a favor de la cultura de la muerte.TdeJ
Gracias amiga Teresa. Con más o menos medios, pero siempre con la mejor voluntad vamos a intentar defender el derecho , la justicia y la vida de los más inocentes.
ResponderEliminarUn abrazo y seguimos en la lucha, unidos, estemos donde estemos.
Un abrazo,
Yo cada dia en mi trabajo animo a la gente a vivir , a luchar y a querer a los que van a nacer y pongo el alma en ello.
ResponderEliminarMC
Quiero darte las gracias, como siempre por ser tú, por estar ahí y por dar cada día lo mejor. Seguro que si todos actuaran como tú cambiarían muchas personas, muchas actitudes. Espero que tuejemplo no deje a nadie indiferente.
ResponderEliminarUn abrazo.