domingo, 8 de noviembre de 2015

¿Aborto en Cifuentes? Perversión del lenguaje

 
               En el país de Belén Esteban, manipulados por los medios de comunicación y los políticos, se hacen llegar ideas a la gente por medio de eufemismos. La gente cada vez lee menos aunque ve más horas la televisión y móvil, por eso, tiene menos capacidad de crítica.  La gente no acepta la verdad desnuda, pero acepta los sucedáneos vestidos de utilidad. Es decir, la gente olvida lo que exige esfuerzo o daña, pero acepta lo que le interesa de lo que le proponen. ¿La conciencia? Como no se habla de ella, no existe. Lo que no se nombra no se ve. Lo que no se ve no existe.
   
                Así se elimina la idea de lo que está bien y de lo que está mal. Se  elimina la idea misma de normalidad, para que nadie se sienta extraño. De este modo sutil se introduce, primero, el relativismo y luego, lo políticamente correcto.

              Cuando no se habla claro, algo se esconde. Hay que saber por qué, se está manipulando y engañando. Se intenta hacer "magia" con otra palabra, para hacer desaparecer la realidad. La realidad como tal es dura y provoca rechazo. En ese caso, se pervierte el lenguaje al  cambiar el sentido de las palabras para enmascarar la realidad.  
           
               Los políticos saben todo eso y hacen de las palabras el arma con la que conquistar al pueblo. Se borra el horror que despiertan ciertas palabras como "esfuerzo", "matar" o "muerte" edulcorando la realidad.  Por ejemplo, no hablan de las "víctimas de la guerra", de "muertos en combate", dicen: "daños colaterales", o "guerra preventiva" y en muchos casos se ocultan las "bajas" en alguna misión.

              Aunque ha sido aprobado, también se borra la palabra "aborto", diciendo "interrupción voluntaria del embarazo", o "IVE", o "salud sexual y reproductiva"; o se habla de "grupo de células" o de "pre-embriones", o "derecho a decidir" de la mujer.

              Se borra el "suicidio" de una persona, llamándolo "eutanasia", o "muerte digna".

               "Utilizar las palabras para dificultar la comunicación es lo que se conoce por perversión del lenguaje". Así que utilizar palabras nuevas no garantizan la veracidad del mensaje. De ahí que se busque que el oyente sea dócil y manipulable, y no tenga capacidad crítica. La educación, que puede liberar, no se valora ni se aprecia.

               Suelen añadir a la manipulación, el poder amplificador de la imagen de los medios de comunicación, para llegar a más gente y que nadie tenga tiempo ni forma de criticar. Si se aplaude, si hay mayoría o multitud, las palabras deben ser percibidas como lo políticamente  correcto, útil y necesario.

                No son ideas fuertes, son pensamientos débiles con ideas sutiles, que inyectan ideología en mentes bien dispuestas, afines  o fácilmente receptoras, que se sienten a gusto con promesas y derechos, más que con esfuerzo y obligaciones. Su lenguaje es democrático pero no claro; tolerante,  pero no sincero ni critico. El lenguaje perverso, una vez aceptado, pasa a los distintos estratos y sectores sociales. Luego, se produce una ósmosis  o influencia recíproca que registran los individuos que forman parte del mismo grupo. Es decir, una vez aceptado, se convierten a su vez en emisores de  mensajes enmascaradores de la realidad, porque en todos los sectores hay palabras duras cuyo rechazo puede desaparecer con  eufemismos como democrático, legal, salud, libertad, derechos, etc.

               Y la influencia perversa del lenguaje perverso no sólo termina calando en la realidad diaria de un país, su atmósfera se difunde, antes o después a otros países. El dinero y los organismos internacionales, amparan la perversión del lenguaje y tratan de imponerlo desde posiciones reales o inventadas: aborto por violación o por seguridad para la madre, o defensa de un derecho de la mujer.

               Claro que siempre se puede consultar lo que una palabra significa  según la Real Academia Española (RAE), palabras, por ejemplo, aborto, quitar, matar:

Aborto: Interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo antes de que el embrión o el feto esté en condiciones de vivir fuera del vientre materno.

La Medicina entiende por aborto toda expulsión del feto, natural o provocada, en el período no viable de su vida intrauterino, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir. Si esa expulsión del feto se realiza en período viable pero antes del término del embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive como si muere.

El aborto de supuestos o el de plazos, puede ser aborto inducido, interrupción activa del desarrollo vital del embrión o feto hasta las 22 semanas del embarazo. Puede tratarse de un aborto terapéutico o aborto indirecto cuando se realiza desde razones médicas, o de un aborto selectivo, o interrupción voluntaria del embarazo, cuando se realiza por decisión de la mujer embarazada.

Quitar: tomar o coger algo ajeno, hurtar. Despojar o privar de algo. (Quitar la vida).

Matar: quitar la vida, acabar con alguien, extinguir, aniquilar.

No son sinónimos, pero se enmascaran con una frecuencia muy superior a lo normal.


FALLO, en el juicio del carnicero de Cifuentes en Guadalajara.


Lo que precede, viene a cuento porque se ha producido el FALLO, en el juicio del carnicero de Cifuentes en Guadalajara, que ha sido condenado a la pena de 19 años de prisión. Una mujer de embarazada de 8 meses, recibió un golpe mortal en la cabeza, y descuartizada fue enterrada con cal viva. Escribí preguntando: En Cifuentes, ¿ un muerto o dos?

http://belmontajo.blogspot.com.es/2015/10/en-cifuentes-un-muerto-o-dos.html
http://www.elheraldodelhenares.com/pag/noticia.php?cual=27857
http://investigadoresyprofesionales.org/drupal/content/en-cifuentes-%C2%BFun-muerto-o-dos
             

         Copio textualmente: "De acuerdo con el veredicto del Jurado, debo condenar y condeno al acusado J.M.B.V. como autor penalmente responsable de un delito de asesinato previsto y penado en el artículo 139 circunstancia primera en concurso ideal con un delito de aborto del artículo 144 del CPenal concurriendo la agravante de parentesco del artículo 23 del mismo texto legal respecto a ambos, y la atenuante del artículo 21.1 del CP respecto al segundo, a la pena de 19 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena...El acusado indemnizará a cada uno de los tres hijos de la víctima en 125.000 euros por los daños morales ocasionados y a M.C.G.C.M. en 25.000 euros por el mismo concepto, cantidades que devengarán el interés legal. Se impone al acusado el pago de las costas procesales devengadas incluidas las de las acusaciones particulares".

          Ahora bien, el art.144 CP El que produzca el aborto de una mujer, sin su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación...Las mismas penas se impondrán al que practique el aborto habiendo obtenido la anuencia de la mujer mediante violencia, amenaza o engaño.

         "Tipifica una conducta a todas luces merecedora de sanción penal, en cuanto que ataca frontalmente los dos bienes jurídicos que se implican en la práctica del aborto: la continuidad de vida en formación del feto, por un lado, y la autonomía de la mujer, por otro. Todo ello sin olvidar, adicionalmente, la incidencia de la conducta en determinadas ocasiones en la integridad física de la mujer, en tanto que la forma de producir el aborto incida en aquélla".

           La confusión, y la perversión del lenguaje, está en el empleo de la palabra "aborto" (con cita del art.144CP) cuando se intenta provocar el aborto, pero también cuando no se busca o se intenta en absoluto el aborto. El intento es rebajar la pena que sería mayor si se tipificara de asesinato, homicidio. Lo cual se enmascara con "aborto".

           Otros casos similares: con calificativos diferentes o contradictorios

           En una sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña:
           "Dado que el nacimiento ya se estaba iniciando, la muerte provocada es susceptible de ser calificada como de homicidio, y no como aborto". (Justo lo contrario de lo que cabria esperar).

           Mientras que una sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante,  sin que se hubiera iniciado para nada la expulsión del feto, dice:
           "Todos los peritos médicos intervinientes coinciden en que no se habían iniciado las maniobras de expulsión, y por ello la Magistrada opta sin duda alguna por la calificación de aborto imprudente, y nunca de homicidio". ¿Por qué?

            Hay una razón. La tipificación de aborto o no, según M.ª del Carmen Gómez Rivero, Catedrática de Derecho Penal, es  que el art. 144 CP  castiga el aborto con una pena de prisión de cuatro a ocho años.

           Se entiende, entonces, que la Magistrada de Guadalajara, ha optado por 15 años que pedía el Ministerio Fiscal por asesinato y 4 años por la muerte del niño que es el mínimo si se califica como "aborto". Total 19 años.

            He podido hablar con la madre de Carolina, la víctima, y a parte de estar desolada no sale de su asombro. Se queda sin la hija por 25.000 euros. Quitan la vida a la embarazada y lo llaman asesinato, porque lo fue. Pero lo del nieto, no lo entiende.  Quitan la vida al niño de 8 meses al matar a la madre, pero no es asesinato, ni homicidio,  solo "aborto". ¿Aborto?  Es como no valorar su vida, al no valorar la muerte de un hijo indefenso; o no darle la importancia que merece. Se  le ha dejado morir a sabiendas, sin prestarle auxilio, sin dejar que alguien lo hiciera. ¿Por qué no es asesinato u homicidio? ¿Usted lo entiende?

           Si no ha habido expulsión del feto, ni natural ni provocada;  solo abandono; si  abandonan cruelmente a un ser hasta que muera, en una casa, en una nave o en el campo ¿quién lo llamaría aborto? ¿Qué interés jurídico o legal se tiene para decir lo que no es, ni pudo ser? Quitar la vida, no es igual a abortar. A mi hija le quitaron la vida, y no fue aborto, sino "asesinato". Y mi nieto en su vientre, sí, ¿por qué la ley se pone de parte del asesino?
http://www.lacronica.net/imagenes/fotosdeldia/33093_sentencia_del_crimen_de_cifuentes_.pdf

             Es posible que la Sentencia sea conforme a la ley,  pero uno piensa, que unas veces se oculta la palabra "aborto" y se sustituye por "IVE", "salud sexual y reproductiva"; o se habla de "grupo de células" o de "pre-embriones", o "derecho a decidir" para impedir las consecuencias que tendría según el art.144 del CP;  y otras, por el contrario como  en este caso, "aborto", se emplea para ocultar otra palabra que asusta más, y que tendría otras consecuencias penales muy superiores. La nota del Fallo de la Audiencia de Guadalajara a los medios ha propiciado que la opinión pública lo conozca. Emisoras de radio, televisiones, prensa impresa y digital, han repetido como un eco, la sentencia. Ni una nota de aclaración, ni de crítica. Un Fallo es una lección. Es lo que la gente aprende.
Por eso hay que ser claros, y salir de la ambigüedad o la locura, que es lo que sucede por ejemplo en Nueva York, que tiene dos legislaciones tan contradictorias como aquí. Una llama a la muerte de un feto de mas de 24 semanas, "homicidio", mientras que en una disposición legal, define a la víctima de un homicidio como un" ser humano que ha nacido y esta vivo".
            Ha muerto un ser humano inocente e indefenso. Pero no es igual el cómo, ni el por qué. Así nos manipulan, y tratan de ocultar la realidad. Perversión del lenguaje, y perversión del lenguaje legal. Y los medios lo venden así. Pero, "Ocultarle la verdad a los jóvenes (y a los ciudadanos en general) con afán de protegerlos tiene en algunos casos un efecto contrario: los hacemos más indefensos" (Pérez-Reverte).
 
           Las cosas claras: las palabras no asustan, asustan los hechos que definen. Lo que hay que erradicar son esas aberraciones, y no los vocablos. Los condenados tienen que pagar por los hechos cometidos, no por el calificativo. Y se debería buscar que cumplan su condena, por ellos y por la sociedad. Que tengan ocasión de arrepentirse y rectificar para reinsertarse y por la sociedad, porque tiene derecho a protegerse de ellos, y como aviso para navegantes. 

       Todo se relativiza, si todo se reduce a mínimos, mínimas condenas, mínimo arrepentimiento, mínima protección, mínima ejemplaridad. Y por crímenes horrendos, en muchas circunstancias, no cumplen ni un tercio de la pena. De ahí que se teme a la palabra, no a la condena. La reincidencia, indica que lo toman a broma. Si se quiere educar, hay que ser serios.

            De hecho las mujeres sufren cada vez más la violencia machista, y  los bebés muertos antes de nacer alcanzan cifras escandalosas.  La justicia de mínimos no ayuda. La sociedad tiene que hacer visible su grito, cuantas veces sea necesario. Si la gente se echa a la calle es porque ni estas leyes, ni esta justicia, ni esta educación resuelven nada.


            Por consiguiente, "Esfuerzo educativo, movilización social y cambio legislativo deben caminar juntos para edificar una auténtica cultura de la vida" José Luis Restán.

             Para quien no lo sepa, el 7 de noviembre de 2015, a las 12h hubo una marcha en Madrid, contra la violencia machista. Lo más repetido: "No nos morimos, nos matan". Lo mismo podrían decir los niños.

              Por eso, el día 15, de nuevo en Madrid, otra  marcha a favor de la vida. ¿O es que ellos no tienen derechos? "Nos matan". "La violencia, no tiene género". ¡Ya es hora de llamar a las cosas por su nombre! Cada día se cometen más de 300 "abortos" reales, según datos oficiales.  ¡Mucho dolor, pero...ninguna pena. ¿En algún caso se ha invocado el art 144 de CP?  Y sin embargo, ¡ningún ser humano tiene más derechos que otro, y ninguno sobre la vida de los demás!
PUBLICADO EN:
BLOG: ESPERANDO LA LUZ: 07-11-2015:
El Heraldo del Henares, columna la Tangente: 07-11-2015:



10 comentarios:

  1. hola José Manuel, tú texto me gustó, está my bien tratado, en cuanto al fallo de la sentencia no me pronuncio porque no soy Letrada y ya hay condena, a ver lo que ocurre en el recurso en relación con el bebé sobre todo.
    Un abrazo. Marinita

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    1. Hola Marinita:
      Si esperáramos todos a opinar cuando seamos letrados, la sociedad no avanzaría nada. Los mismos Letrados asumen un riesgo cuando dictan un Fallo o una Sentencia.
      No puede calificarse de desacato opinar, o estar en contra de lo que alguien haya dicho o en contra de lo que opine. Con respeto, se puede decir lo que uno crea.
      Gracias por tu comentario.
      Un abrazo,
      José Manuel

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  2. hola José Manuel, el texto me gustó, en cuanto a la sentencia, ya hay condena, habrá que esperar al recurso y ver si se pronuncian en cuanto al bebé.
    Un abrazo

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    1. Hola:
      Si que hay Fallo del Jurado Popular culpable. Ya se sabía hace una semana, cuando escribí el artículo anterior, sobre si había en Cifuentes un muerto o dos.
      Ahora también hay condena, como he copiado textualmente.
      Podrá o no haber recurso, pero, para opinar, con todo respeto, no hay que esperar nada.
      Lo dicho, dicho está. Yo no me he limitado a repetir lo que diga la Magistrada, porque eso no aporta nada.
      Gracias por estar ahí.
      Un abrazo,
      José Manuel

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  3. Tambien en mi pais , en nombre de "salud sexual y reproductiva"estan queriendo imponer inclusive en los colegios la cultura del aborto ..Si queremos la paz defendamos la vida.

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    1. Hola Rossy.
      Justamente, esa perversión del lenguaje, es una exportación del enunciado de la ley del aborto libre en vigor en España, por culpa de Bibiana y Zapatero del PSOE y por culpa de Rajoy y su gobierno del PP. Se está financiando muerte y aborto, y han encontrado la forma de que nadie lo critique llamándolo "salud sexual".
      Hay que denunciarlo, porque es una perversión llamar salud a lo que es muerte de un ser humano.
      Un abrazó y ...unido a vuestra lucha.
      José Manuel

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  4. «Los condenados tienen que pagar por los hechos cometidos, no por el calificativo»

    Exactamente. No se puede definir mejor. Pero amigo, ha sido en.los tribunales, donde comenzó a pervertir el lenguaje, históricamente.
    De ahí, que sea aceptado, y no condenada tal práctica. ¿Podemos esperar que cambie ésto, si los abogados, para defender a sus clientes, saben mucho de ésto?
    Me indigna, como se ha ignorado un asesinato, a todas luces tipificado en el Código Penal. ��
    Unnabrazo amigo. Emilia

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    1. Hola Emilia:
      Las palabras pueden ocultar los hechos reales, el crimen, el aborto, la muerte...y le llaman "salud" o "IVE" o "derecho de la mujer", y no hay interrupción, ni salud, ni derecho.
      Y, NO SE IGNORA, se sabe lo que es y a lo que responde ese doble lenguaje que engaña a quien quiere ser engañado, pero no a la conciencia. Por eso, le queda luego a la mujer el Síndrome Post Aborto SPA, que tan difícil es de encauzar y asimilar. Una vida de tormento.
      Un abrazo,
      Y gracias
      José Manuel

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  5. Buenas José Manuel:
    He leído tu artículo y he de darte la enhorabuena, es muy acertada tu apreciación sobre la difusa diferenciación entre homicidio y aborto, y es incomprensible que el aborto no sea tratado como homicidio cuando el tipo penal es idéntico.
    Por eso es importante que no nos hagan callar, gracias por tu artículo y gracias por desenmascarar las injusticias, creo que es el primer paso para conseguir una sociedad más justa.
    Por favor hazme saber donde vas a publicar tu artículo para seguirte y poder leer futuros artículos.
    Muchas gracias.

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    1. Hola:
      Muchas gracias por tus palabras.
      Efectivamente, estoy en contra de que al homicidio se le llame aborto. Siguiendo esta lógica hay quienes ya han llamado aborto pos parto, al homicidio que sigue al nacimiento de un bebé, aunque haya pasado un cierto tiempo.
      Lo que no me parece de recibo es que la justicia, y los jueces, amparen esas prácticas para rebajar las penas.
      Suelo publicar en EL HERALDO DEL HENARES y en CIVICA.
      Un saludo,
      José Manuel

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