lunes, 12 de octubre de 2009

SÍ, SE PUEDE OBJETAR

Cada día estamos asistiendo a “falacias”, y “presiones sutiles” contra la libertad de expresión y la libertad de conciencia.
Es verdad que la gente no se traga todo lo que le echan. Para estar bien informados deberían poder escuchar y leer las opiniones de varios medios. Pero tiene recursos limitados y tiempo escaso. Por eso tienen que surgir voces que desenmascaren los equívocos, las falacias, las presiones, y las milongas de los talantes progresistas.
El ministro de Justicia, nada menos, dice que “no cabe la objeción de conciencia al aborto”, por motivos éticos o morales. Y se añade una “velada amenaza”. La objeción conllevaría un acto de “desobediencia civil”.
Para que no nos tomen por tontos, hay que puntualizar algo. Desde el gobierno se intenta “colar” que “la interrupción del embarazo es un “derecho” de la mujer, y se intenta “vender” que la Ley del aborto es una ampliación de los derechos de la mujer. No se puede regular por ley, ni que la mujer aborte, ni obligar a quienes tengan que intervenir para realizar el aborto y que lo hagan en contra de su conciencia. El aborto no es una cura, sino atentar contra la vida de otro. No se puede obligar a nadie a esa práctica, en contra de su conciencia. Por lo mismo
1) Que aunque lo intenten “colar” todos los miembros del gobierno, el aborto “no es un derecho”. 2) La objeción de conciencia está recogida en la Constitución.
3) El Constitucional ya ha hablado, y la sentencia 53/1985 y dice: que el “derecho a la objeción de conciencia existe y puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no tal regulación”.
4) Incluso el Supremo refiriéndose a esa sentencia, afirma “el personal sanitario puede oponer razones de conciencia para abstenerse de participar en intervenciones dirigidas a la interrupción del embarazo”.
5) El derecho de los médicos y personal sanitario a objetar, no tiene que ver nada con “la desobediencia civil”.
6) La conciencia, y los principios éticos o morales son inalienables. Es una contradicción del gobierno querer ampliar derechos de la mujer y al mismo tiempo cercenar el derecho a la objeción de conciencia, de los profesionales que quieren que se respeten sus creencias y que no se les “imponga” una praxis con la que no están de acuerdo. La Ley abortista de plazos de Bibiana está en el Parlamento. Es posible que el gobierno tenga los votos suficientes para sacar adelante la ley. Pero esta Ley viene precedida de polémica, en el Constitucional, en los Fiscales y en los Jueces y en la Sociedad. El Consejo de Estado aún no se ha pronunciado. Se ha producido una votación en el Parlamento también, pero era sólo para a admitir o no a trámite la ley. Y lo que quiero resaltar y preguntar es precisamente, ¿por qué no ha de llevarse “la objeción de conciencia” también a los parlamentarios?. En la citada votación, que era sólo de trámite, sólo CIU dio libertad a sus parlamentarios para votar “en conciencia”. Todos los otros grupos impusieron a los suyos la disciplina de partido, es decir, cada uno tenía que votar según lo que a “su partido” le interesaba o “imponía”. Ya sabemos que en política, y en la “disciplina de partido”-quien se mueve no sale en la foto. Pero esta disciplina es más una tiranía, que una libertad democrática. Es verdad que hay casos y casos, y leyes y leyes. Esta Ley de Plazos, es muy sensible. Cada uno es mayorcito, pero nuestros representantes deberían reclamar para sí, también la libertad de conciencia a la hora de votar leyes que pueden ir en contra de sus creencias. En todo caso, los ciudadanos deben saber qué votan sus representantes, y tenerlo en cuenta cuando vuelvan a pedirles su voto, libre y secreto. Hay un juego democrático que no puede jugar con la vida. La vida no es un juego.
PUBLICADO en NUEVA ALCARRIA el 20 de agosto de 2009 y en EL DIA el 26 de agosto de 2009

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